Las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOM) juegan un papel crucial en el panorama financiero de México. Estas instituciones, que ofrecen una gama diversa de servicios financieros, se han convertido en una opción popular tanto para individuos como para empresas que buscan alternativas a los bancos tradicionales.

Las SOFOM son entidades financieras autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) que se dedican a otorgar créditos y otros servicios financieros. A diferencia de los bancos, las SOFOM no están obligadas a tener un banco de captación de recursos, lo que les permite operar con mayor flexibilidad. Se caracterizan por su capacidad de ofrecer soluciones de financiamiento a clientes que no siempre tienen acceso a servicios bancarios tradicionales.

Tipos de SOFOM en México

Existen dos tipos de Sofomes, cuyo principal distintivo tiene que ver con el hecho de que mantengan o no vínculos patrimoniales con otras entidades financieras autorizadas por la CNBV o sociedades controladoras de grupos financieros; o bien tengan inscritos instrumentos de deuda en el Registro Nacional de Valores.

1.- Sociedades Financieras de Objeto Múltiple No Reguladas

Son aquellas que no mantienen relaciones patrimoniales con entidades financieras o sociedades controladoras de grupos financieros de los que formen parte instituciones de crédito y no tienen inscritos instrumentos de deuda en el Registro Nacional de Valores.

Estas sociedades deberán agregar a su denominación social la expresión “sociedad financiera de objeto múltiple” o su acrónimo “SOFOM”, seguido de las palabras “Entidad No Regulada” o su abreviatura “E.N.R.”.

2.- Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Reguladas

Por su parte, estas sociedades serán aquellas que mantengan vínculos patrimoniales con:

· Instituciones de crédito,

· Sociedades financieras populares,

· Sociedades financieras comunitarias (niveles de operación I a IV),

· Sociedades cooperativas de ahorro y préstamo (niveles de operación I a IV),

· Uniones de crédito.

O bien, aquellas que:

· Para fondear sus operaciones, emitan valores de deuda a su cargo, inscritos en el Registro Nacional de Valores conforme a la Ley del Mercado de Valores.

· Soliciten voluntariamente ser una Sofom Regulada y reúnan los requisitos que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) les requiera.

Estas sociedades deberán agregar a su denominación social la expresión “sociedad financiera de objeto múltiple” o su acrónimo “SOFOM”, seguido de las palabras “Entidad Regulada” o su abreviatura “E.R.”.

Marco Regulatorio

Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito (en particular, en su artículo 87, fracciones B, E, F, J, K, L, M, N y Ñ establece las disposiciones aplicables al funcionamiento de las Sofomes).

Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.

Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

La disposición que la Condusef emita conforme a estas tres leyes.

Adicionalmente, las Sofomes Reguladas, dependiendo de la entidad financiera con la que mantengan vínculo patrimonial, se sujetarán en diversas disposiciones a lo que dispongan:

· Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado.

· Ley de Instituciones de Crédito.

· Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.

· Ley de Ahorro y Crédito Popular.

· Ley de Uniones de Crédito.

· Ley del Mercado de Valores.

Fuentes de información sobre Sofomes administradas por Condusef:

Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES). Cuenta con información corporativa y general de las Instituciones Financieras que son legalmente autorizadas para ofrecer servicios y productos al público. Generalmente permite conocer información relativa al domicilio, estatus de autorización, quienes son sus funcionarios, las aportaciones de capital, etc.

Registro de Comisiones (RECO). Da a conocer al público en general los montos y conceptos de las comisiones que las Sofom No Reguladas, Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, Sociedades Financieras Populares y Uniones de Crédito cobran a sus clientes.

Registro de Contratos de Adhesión (RECA). Se pueden consultar los Contratos de Adhesión utilizados por las instituciones financieras en sus diversas operaciones, incluye la descripción

de los principales productos que agrupa cada sector y un detalle de las cláusulas más importantes que el Usuario debe conocer.

Registro de Unidades Especializadas (REUNE). Cuenta con un informe trimestral diferenciado por producto o servicio, sobre las consultas y reclamaciones que se reciben en la Unidad Especializada de cada Institución Financiera.

Registro de Usuarios (REUS). En esta herramienta se registran aquellos Usuarios que no desean ser molestados con publicidad y promociones por parte de las Instituciones Financieras, que realicen acciones de publicidad, promoción o telemarketing, debiendo las Instituciones Financieras adquirir las bases de datos de los Usuarios inscritos en dicho registro para no llamarles ofreciendo algún producto o servicio financiero.

Registro de Despachos de Cobranza (REDECO). Contiene la información de los Despachos de Cobranza, quienes actúan como intermediarios entre la Entidad Financiera y el Deudor, con el propósito de requerir extrajudicialmente el pago de la deuda, así como, negociar y reestructurar créditos, préstamos o financiamientos. Permite al público conocer la información relativa a los Despachos de Cobranza. Si sufres algún abuso de estos despachos puedes presentar tu queja en el REDECO.

Buró de Entidades Financeras (BEF). Es una herramienta de consulta y difusión con la que podrás conocer los productos que ofrecen las entidades financieras, sus comisiones y tasas, las reclamaciones de los usuarios, las prácticas no sanas en que incurren, las sanciones administrativas que les han impuesto, las cláusulas abusivas de sus contratos, así como los productos y servicios que ofrecen.